Seguros de Vida Riesgo y Accidentes:

Seguro de Accidentes  |  Seguro de Vida Riesgo 

Vida Riesgo y Accidentes

Seguros de Accidentes

Este tipo de póliza está pensada para dar cobertura a los daños personales que se puedan ocasionar como consecuencia de un accidente, ya sea durante el desarrollo de la vida profesional o extraprofesional.

¿Qué se puede considera un accidente?

Para tener consideración de accidente se deben cumplir las siguientes premisas: Tiene que haber una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado. Esta causa debe desembocar en un efecto, ya sea la muerte o la invalidez (temporal o permanente).

Por tanto, este producto está pensado para dar cobertura por fallecimiento o invalidez siempre que la causa sea un accidente. Además de estas coberturas, el seguro de accidentes se puede complementar con hospitalización diaria, con indemnización diaria por accidente o, incluso, con asistencia sanitaria.

Vida Riesgo y Accidentes

Seguros de Vida Riesgo

¿Por qué y para qué se debe contratar?

Este tipo de seguros no es obligatorio contratarlo, pero si recomendable. Siempre y cuando se tenga una hipoteca, préstamos, hijos a cargo, etc, debe ser una prioridad proteger a los familiares contra la responsabilidad económica que podrían asumir en el caso de un fallecimiento.

En un seguro de vida, además del propio fallecimiento, se pueden contratar varias garantías complementarias:

  • Fallecimiento por accidente: Los beneficiarios percibirán el doble del capital asegurado si la muerte se produce como causa de un accidente.
  • Fallecimiento por accidente de circulación: Los beneficiarios percibirán el triple del capital asegurado si la muerte se produce por esta causa.
  • Invalidez permanente absoluta: El beneficiario percibirá el capital contratado, siempre y cuando quede imposibilitado para cualquier actividad laboral o profesional.
  • Invalidez absoluta por accidente: Se abonará el doble del capital contratado si la invalidez absoluta se produce por accidente.
  • Invalidez absoluta por accidente de circulación: Se abonará el triple capital si la invalidez absoluta se produce por esta causa.
  • Invalidez total o profesional: Los beneficiarios percibirán el capital contratado cuando el asegurado quede imposibilitado permanentemente para desarrollar la actividad profesional estipulada en la póliza.
  • Enfermedades graves: La aseguradora indemnizará el capital asegurado cuando el asegurado sea diagnosticado con una enfermedad grave.

TIPOS MÁS COMUNES DE SEGURO DE VIDA

  • Temporal anual renovable: La mayoría de seguros de vida se contrata con este tipo de producto. Como característica principal, esta modalidad va incrementando el importe del seguro en base a la edad del asegurado y de la revalorización de los capitales.
  • Amortización de préstamos: El capital va reduciéndose anualmente y la póliza finaliza cuando lo hace el préstamo.
  • Vida Entera: Se trata de una modalidad vitalicia donde se garantiza un capital por fallecimiento que se incrementará con una participación en beneficios. En este tipo de seguro se permite rescatar las primas abonadas más una rentabilidad.