¿Cómo y cuándo se cobra un seguro de vida?

Por 15 marzo, 2021 marzo 1st, 2022 Dudas sobre seguros, Vida

seguro de vida

Cada vez más personas son conscientes de la importancia de contratar un seguro de vida como gesto de amor y protección hacia sus seres más queridos en caso de fallecimiento o invalidez absoluta; sin embargo, en caso de producirse el hecho luctuoso, la mayoría de los beneficiarios no saben cómo cobrar un seguro de vida, qué requisitos debe cumplir para el cobro o cuándo podrán disponer del dinero. Por ello, en este post explicamos cómo se cobra un seguro de vida.

¿Cuándo se cobra un seguro de vida?

Una de las principales dudas que se plantean una vez producido el hecho luctuoso es cuándo se cobra un seguro de vida y qué plazos han de cumplirse.

El primer plazo que debe observarse, salvo que la póliza disponga otra cosa, es el de declaración o comunicación del fallecimiento o siniestro a la compañía aseguradora, que normalmente es de siete días desde que se conoció el fallecimiento, debiendo poner el hecho acaecido en conocimiento de la aseguradora o la correduría de seguros con el mayor nivel de detalle e información posible al respecto.

Notificado el fallecimiento, el plazo legal para cobrar la indemnización es de 40 días desde el fallecimiento; si la tramitación se demorara más, la aseguradora podría ser sancionada, además de obligada al pago de intereses de demora.

Otro plazo a tener en cuenta a este respecto es el de prescripción del seguro de vida de 5 años, transcurridos los cuales el beneficiario perderá su derecho a la indemnización.

Requisitos para cobrar un seguro de vida

Aunque resulte obvio, los principales requisitos para cobrar un seguro de vida son: de una parte, que exista una póliza en la que figures como beneficiario, y de otra acreditar debidamente que eres quien dices ser y tu condición de beneficiario.

Así, lo primero puede comprobarse cursando una solicitud al Registro de Contratos de Seguros de vida y obtener el Registro de Contratos de Seguros de Vida del Ministerio de Justicia, que expedirá el correspondiente certificado.

En cuanto a la justificación de la personalidad del beneficiario, basta con presentar copia del DNI y del acta de nacimiento.

¿Cómo se cobra y qué trámites seguir?

Verificados los anteriores requisitos, llega el momento del cobro que puede hacerse en forma de pago único o como una renta, que puede ser vitalicia o temporal; los pasos que establecen los seguros de vida sobre cómo cobrarlos son los siguientes:

1. Comprobar los Seguros de Vida del fallecido

Como hemos apuntado, debemos dirigirnos al Registro de Contratos de Seguros de Vida y solicitar a través de su sede electrónica una nota informativa sobre los seguros de vida suscritos por el fallecido.

2. Reunir la documentación para reclamar a la aseguradora

Seguidamente, la aseguradora solicitará diversos documentos que acrediten la muerte y las circunstancias del fallecimiento de la persona asegurada, tales como el certificado médico de defunción y acta de defunción y, según los casos, atestado policial o autopsia, además de la identificación de los beneficiarios, acta de nacimiento y, en su caso, certificado de matrimonio, Libro de familia.

3. Contactar con la aseguradora para solicitar la indemnización del Seguro de Vida

Una vez reunida la documentación, hay que comunicarlo por escrito a la entidad aseguradora y aportar los documentos para iniciar los trámites del cobro en el plazo de 7 días.

4. Impuestos del Seguro

La indemnización tributa por el impuesto de sucesiones y donaciones, por lo que se deberá acreditar el pago del impuesto a la aseguradora antes de recibir el dinero. Asimismo, conviene verificar los datos de la cuenta bancaria y justificar la titularidad de esta.

 

Y es que, aunque nada puede aliviar la pérdida de un ser querido, el mejor tributo que podemos brindarle es cumplir su voluntad y saber cómo cobrar un seguro de vida, en cuyo caso conviene tener muy claros, como hemos visto, los pasos a dar.

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