¿Cuál es la cobertura de tu seguro si tienes la ITV caducada?

Por 8 febrero, 2022 marzo 1st, 2022 Vehículos

seguro de coche y moto

En internet es fácil encontrar informaciones poco precisas acerca de la relación entre la ITV y el seguro del vehículo. A la pregunta concreta de “¿Si tengo la ITV caducada me cubre el seguro?” se le dan las más variopintas respuestas:

Hay quienes afirman que un coche que circula sin ITV no tiene derecho a las coberturas del seguro, otros afirman todo lo contrario y entre ambos extremos hay un sinfín de opiniones intermedias en las que la coincidencia brilla por su ausencia.

Así que vamos a aclarar con exactitud qué es lo que nos puede ocurrir si tenemos un accidente y el vehículo está asegurado, pero no ha podido superar la ITV o la misma está caducada.

Presentar el resguardo del seguro para pasar la ITV

Antes de empezar, señalar que para pasar la ITV es necesario presentar el justificante de pago del seguro del vehículo.

Sin embargo, de momento no es preciso hacer lo propio en el caso inverso, aunque ya existen voces en las compañías aseguradoras que están reclamando a la Administración una nueva regulación normativa que implique que tener la ITV pasada sea un requisito indispensable para poder contratar o prorrogar el seguro de cualquier vehículo.

Con la ITV caducada, ¿cubre el seguro del coche?

Para saber si en un coche sin ITV te cubre el seguro no has de ser un experto ni en leyes ni en seguros, porque la respuesta es que sí te cubre, con dos únicas excepciones:

  • Que la compañía de seguros pueda acreditar mediante el atestado policial o por sus propios medios que el coche sin ITV es el causante del accidente y que este se debió a un fallo mecánico comprobado.
  • Que en una de las cláusulas del contrato de seguro se especifique expresamente que si el vehículo causa un accidente circulando sin ITV, no habrá derecho a las prestaciones.

Lo anterior no implica que la aseguradora no indemnice a la parte contraria por los daños en caso de un accidente provocado por un coche sin ITV. Sí que lo hará, pero posteriormente podrá hacer uso de su derecho de repetición contra el asegurado, es decir, podrá reclamar estas indemnizaciones.

Resumiendo, siempre que el golpe no haya sido provocado por un fallo mecánico constatable y que la cláusula mencionada no esté presente en el contrato de seguro, las compañías nos cubrirán:

  • Los daños propios si no somos los causantes del accidente
  • Los daños propios si somos los causantes, pero tenemos un seguro a todo riesgo
  • Los daños a los otros ocupantes del vehículo, tanto si somos los causantes del accidente como si no lo somos
  • Los daños a terceros si somos los causantes del accidente

La conclusión clara es que no interesa jugársela con las prestaciones del seguro del coche por tener la ITV caducada. Si la compañía averigua que ha habido fallo mecánico, podemos tener un serio problema. No merece la pena arriesgarse por ahorrar el dinero que cuesta la inspección y si lo que ocurre es que el coche no ha podido superarla, la decisión sabia es no utilizarlo. ITV y seguro son un binomio indisociable para poder circular con las espaldas bien cubiertas.

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Un Comentario

  • He estado buscando respuestas a esta pregunta incluso en sentencias judiciales.
    Mi conclusión, y te animo a desestimarla o corroborarla utilizando los mismos medios es que el derecho de repetición se especifica muy claramente en la ley y cita que solo se podrá ejercitar en los casos previstos en ella. No incluyendo el que nos atañe.
    Por tanto he de discrepar ante tal información, coincidiendo en que, en caso de seguro voluntario, no nos cubre la parte de daños a nuestro vehículo.