Pensión de orfandad: requisitos y cómo se solicita

Por 17 mayo, 2023 Otros, Vida

seguro de vida

La pensión de orfandad es un mecanismo público de protección para aquellas personas que han perdido a uno o ambos progenitores, y están en una situación de especial vulnerabilidad a nivel económico.

¿Qué es la pensión de orfandad?

La pensión de orfandad se regula en la Ley General de la Seguridad Social, dentro de las prestaciones de muerte y supervivencia.

Es una prestación económica que se concede a los hijos de personas fallecidas, y en algunos casos también a los hijos aportados por el cónyuge del fallecido, siempre que tanto el causante como el beneficiario cumplan con una serie de requisitos.

La finalidad de esta ayuda es aportar protección a los niños y jóvenes que han perdido a uno de sus progenitores, o incluso a los dos, frente a una situación de necesidad económica.

Requisitos para cobrar una pensión de orfandad y su cuantía

Requisitos del causante

El causante es el progenitor que ha fallecido. Respecto a él o ella deben cumplirse estos requisitos:

  • Acreditación del fallecimiento o de la desaparición.
  • En el caso de fallecimientos anteriores al 1 de enero de 2008, para que los descendientes tuvieran acceso a la pensión de orfandad había que acreditar un período mínimo de cotización del progenitor fallecido, salvo que fuera pensionista.
  • Para los fallecimientos producidos con posterioridad al 1 de enero de 2008, no se exige ya ningún período de cotización mínima.

Requisitos del beneficiario

  • Ser menor de 21 años o, superando esta edad, tener reconocida una incapacidad permanente absoluta o una gran invalidez.
  • Ser mayor de 21 años y menor de 25, y no trabajar por cuenta propia o ajena. Ante la duda “¿si trabajo me quitan la pensión de orfandad?” La respuesta es sencilla, si tienes entre 21 y 25 años, puedes percibir la pensión de orfandad aunque estés trabajando, siempre y cuando tus ingresos sean inferiores al salario mínimo interprofesional (SMI).

Cuantía de la pensión

Si es una pensión de orfandad absoluta (por pérdida de ambos progenitores), se cobra el 52 % de la base reguladora. Mientras que en la pensión de orfandad simple se percibe un 20 % de la base reguladora. En todo caso, existe una pensión mínima que son 3353 € al año en 14 pagas de 239,50 € al mes.

¿Cómo se solicita?

En la pensión de orfandad, los requisitos de acceso no son complicados, y solicitar su cobro tampoco lo es. Se puede solicitar en cualquier momento, pero si han pasado más de tres meses desde el fallecimiento, la retroactividad máxima será de tres meses. Es decir, si tardas más de tres meses en pedirla, no vas a percibir lo que te correspondería desde el principio.

La pensión se solicita ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), presentando el modelo de solicitud de prestaciones de supervivencia y la documentación necesaria (DNI del beneficiario, certificado del acta de defunción y libro de familia o acta de nacimiento de los hijos).

La solicitud puede hacerse a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, por correo ordinario o en los centros de atención e información de la Seguridad Social.

La pensión de orfandad le garantiza unos ingresos mínimos a tus hijos si a ti te pasa algo, pero ya has visto que las cantidades que se pagan son mínimas. Si de verdad quieres proteger a los tuyos, podemos ayudarte a encontrar el seguro más adecuado.

SOLICITAR PRECIO SEGURO DE VIDA

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

2 Comentarios