PERTE Agroalimentario: ¿tienes ya las garantías preparadas?

Por 1 febrero, 2023 Empresas

seguro de caución

El Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE) del sector agroalimentario, llega a su recta final.

Los objetivos del proyecto son incrementar la competitividad y la sostenibilidad del sector ante los retos que se avecinan, como el cambio climático, la conservación del medio ambiente, del suelo, del agua, del aire y de la biodiversidad. Planas ha apuntado que también forman parte del plan los temas relativos a la trazabilidad y la seguridad alimentaria en un país que ya cuenta con “los más altos estándares de seguridad del mundo”.

Nos encontramos en la fase de presentación de solicitudes, el cual va desde el 23/01/2023 hasta 28/02/2023, y ahora es el momento para aquellos que aún no lo hayan hecho, de comenzar a buscar las garantías que les serán necesarias aportar en el caso de ser beneficiarios de las ayudas.

En GRUPO PACC, por nuestra experiencia en el asesoramiento a empresas en el reciente PERTE VEC , nos hemos encontrado con proyectos que han sido beneficiarios de las ayudas a las que optaban, pero que han tenido muchas dificultades para obtener posteriormente las garantías que les permitieran anticipar las subvenciones recibidas. No tanto por el análisis de las sociedades beneficiarias, sino más bien, por los plazos tan reducidos que hubo para presentar las garantías desde que te aprueban la subvención. En este caso, en el PERTE Alimentario estamos hablando de un plazo es de 20días.

¿Qué debo de tener en cuenta respecto a las garantías?

1. Las garantías se constituirán para cada proyecto primario y entidad beneficiaria dentro de la agrupación, a disposición del órgano concedente, en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales, encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda.

Se exigirá para cada entidad propuesta como beneficiaria dentro de la agrupación y para cada proyecto primario, la presentación del resguardo de constitución de garantías, a disposición del órgano concedente, en la Caja General de Depósitos, antes de la resolución de concesión de la ayuda, estableciéndose un plazo de veinte días hábiles para presentarla desde la notificación de su requerimiento. La presentación se hará siguiendo las instrucciones y formularios indicados en la Guía de Procedimiento que se encontrará disponible en el Portal de Ayudas y exclusivamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Podrán constituirse garantías en cualquiera de las modalidades aceptadas por la Caja General de Depósitos según su normativa reguladora (Real Decreto 937/2020, de 27 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos y la Orden por la que se desarrolla, del Ministerio de Economía y Hacienda, de 7 de enero de 2000, modificada por la Orden ECO/2120/2002, de 2 de agosto). La falta de constitución y acreditación ante el órgano competente de las garantías, antes de la resolución de concesión, por el importe y en el plazo establecido para ello, según el artículo 32.4 de la orden de bases, tendrá como efecto la consideración de la entidad miembro de la agrupación solicitante como desistida de la solicitud, lo que implicará que también se tendrá por desistida la solicitud completa del proyecto tractor.

No obstante lo anterior, si en la fase de propuesta de resolución definitiva, se hubiese asignado ayuda a todos los proyectos tractores, con evaluación favorable, la consideración de la entidad miembro de la agrupación como desistida, por no haber constituido y presentado la garantía correspondiente, no implicará el desistimiento del resto del proyecto tractor, siempre que éste cumpla con los requisitos mínimos y la estructura establecida en la orden de bases, y la convocatoria en su conjunto respete el compromiso mínimo medio del 40 por ciento de contribución a los objetivos de cambio climático.

2. Cuando las ayudas propuestas combinen préstamo y subvención, deberán presentarse resguardos de constitución de garantías separados para cada modalidad de ayuda.

3. El importe de las garantías a constituir para la parte de ayuda en forma de subvención correspondiente a cada proyecto primario y beneficiario dentro de la agrupación, se determinará según lo establecido en el artículo 23.2 de la orden de bases, dependiendo del porcentaje de ayuda total propuesta a cada entidad de la agrupación, del siguiente modo:

a) En el caso de que la ayuda total propuesta, a la entidad en la agrupación, represente un porcentaje mayor del 20 por ciento de la ayuda otorgada al proyecto tractor, el importe de las garantías será del 100 por ciento de la ayuda propuesta en cada uno de los proyectos primarios en los que participa.

b) En el caso de que la ayuda total propuesta, a la entidad en la agrupación, represente un porcentaje mayor de un 10 por ciento y menor o igual a un 20 por ciento de la ayuda otorgada al proyecto tractor, el importe de las garantías será del 60 por ciento de la ayuda propuesta, en cada uno de los proyectos primarios en los que participa.

c) En el caso de que la ayuda total propuesta a la entidad en la agrupación, represente un porcentaje menor o igual al 10 por ciento de la ayuda total otorgada al proyecto tractor, el importe de las garantías será del 40 por ciento de la ayuda propuesta, en cada uno de los proyectos primarios en los que participa.

No obstante, lo establecido en las letras a), b) y c) anteriores, en los casos de entidades de reciente creación, entendiendo a este tipo de entidades como aquellas sin cuentas depositadas en el registro que corresponda, del ejercicio contable cerrado de 2021, se exigirá una garantía del 100 % de la ayuda en forma de subvención.

Enlaces de interés:

 

Desde GRUPO PACC te ayudamos a gestionar la obtención de las garantías.

Jaime Cubillo

Director de Crédito y Caución de GRUPO PACC

jcubillo@grupopacc.es

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