Cada vez son más los propietarios que, al tiempo que ponen un inmueble en alquiler para rentabilizar su inversión, deciden contratar un seguro de impago de alquiler. De esta forma, los arrendadores evitan la amenaza de impagos en la operación de alquiler de una vivienda. No obstante, el seguro de impago de alquiler, ¿qué es?
¿Qué es un seguro de impago de alquiler?
A la hora de contratar este tipo de producto, es fundamental saber qué es un seguro de impago de alquiler y cómo funcionan los seguros de impago de alquiler. Este tipo de póliza de seguro protege al arrendador ante un caso de impago de alquiler por parte del inquilino. Pero no solo eso, este tipo de seguros también cubren al arrendador ante los posibles daños y destrozos que el inquilino provoque en la vivienda.
Además de estas coberturas principales, el seguro de impago del alquiler ofrece otro tipo de coberturas que pueden resultar muy útiles para los arrendadores, tales como la cobertura jurídica.
¿Cómo funciona y cuál es su cobertura?
El funcionamiento del seguro de impago del alquiler es relativamente sencillo. Así pues, la póliza recoge una serie de supuestos en los que el seguro indemnizará al asegurado.
No obstante, para que el propietario reciba la correspondiente indemnización por impago del alquiler, es preciso que haya reclamado el alquiler de forma oficial. Para ello, el asegurado deberá avisar a la aseguradora del impago del alquiler antes de que hayan pasado 3 meses, ya que, una vez transcurrido este plazo de tiempo, la compañía de seguros no reembolsará las mensualidades impagadas. La aseguradora se encargará de esta gestión y reembolsará al asegurado un máximo de 12 mensualidades. Además, notificará al inquilino moroso cuál es el plazo máximo para que este efectúe el pago del alquiler. En caso de que haya transcurrido este plazo, y el inquilino no haya pagado el alquiler, la aseguradora interpondrá demanda por impago del alquiler y, en caso de que fuera necesario, irá al juicio de desahucio. En cuanto a las coberturas de este tipo de seguro, las principales son las siguientes:
- Impago de renta: la aseguradora pagará al arrendador cuyo inquilino no pague el alquiler hasta 12 mensualidades.
- Gastos en concepto de cerrajero y cerradura: esta cobertura se aplicará en caso de desahucio.
- Actos vandálicos: la aseguradora se hará cargo de los gastos derivados de los destrozos que el inquilino haya provocado en la vivienda.
- Asesoramiento jurídico: la aseguradora pondrá a disposición del asegurado a un experto en Derecho que despejará cualquier duda que este tenga relacionada con el alquiler.
- Defensa jurídica: el asegurado dispondrá de profesionales con experiencia que los representarán y defenderán en caso de acudir a la vía judicial.
Requisitos necesarios para tener un seguro de alquiler
Antes de formalizar un seguro de impago de alquiler, la compañía de seguros comprobará la solvencia del inquilino. Así pues, el alquiler no puede superar el 40 % o 45 % de los ingresos mensuales de los inquilinos. También se verificará si el inquilino está inscrito en una lista de morosos. Al no cumplirse los requisitos, nos encontraremos ante un seguro de alquiler denegado. Para ello, se exigirán los siguientes documentos:
- Trabajador por cuenta ajena: dos últimas nóminas, o bien la vida laboral, las últimas declaraciones de la renta o los últimos movimientos bancarios.
- Autónomo: dos últimas declaraciones trimestrales de IVA y última declaración del IRPF, así como las facturas del negocio.
- Pensionista: justificante de los ingresos que percibe en concepto de pensión.
Hemos hablado sobre el seguro de impago de alquiler, qué es, cómo funciona y sus requisitos. Sin duda, el seguro por impago de alquiler es una buena forma de que el arrendador se asegure de percibir el alquiler todos los meses y de evitar problemas con los inquilinos. En GRUPO PACC, ofrecemos distintos seguros con amplias coberturas que se adaptan a ti y a tus necesidades, por lo que si tienes dudas, y necesitas asesoramiento, no dudes en contactarnos.
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