¿Cuál es el papel de un perito en la gestión de un siniestro?

Por 25 septiembre, 2023 Otros

Sin importar el tipo de seguro, el perito es una de las figuras más importantes a la hora de realizar la debida indemnización al beneficiario de una póliza.

Pero, exactamente, ¿qué papel tiene el perito en la gestión de un siniestro? Continúa leyendo, que te lo explicamos detalladamente, función por función.

¿Qué es un perito de seguros?

Un perito es un profesional que se dedica a evaluar las causas de un siniestro y a determinar las consecuencias económicas que se derivan del mismo, con el objeto de que la entidad aseguradora pueda decidir sobre el importe de la indemnización.

Este especialista efectúa su trabajo teniendo en cuenta las circunstancias, supuestos, coberturas y demás especificaciones que se exponen en el contrato o póliza del seguro.

Cada perito debe ser un experto en la materia en la que está ejecutando la valoración. En caso de que el campo investigado se relacione con una profesión regulada, el perito también debe poseer la titulación respectiva. Además, es preciso que tenga un conocimiento profundo sobre la legislación de contratos de seguros.

Tipos de peritos

Estos profesionales pueden clasificarse por su especialidad. Por ejemplo, peritos de coches, peritos de seguros agrarios, peritos de seguros médicos, etc. Además, pueden clasificarse según su relación con la compañía aseguradora:

  • Peritos internos. Los que se encuentran en la nómina de la compañía aseguradora.
  • Peritos externos. Estos pueden realizar sus labores:
    • Como profesionales autónomos, que actúan de manera independiente, a título personal.
    • Con dedicación exclusiva o esporádica a una compañía de seguros.
    • A través de los servicios de un gabinete pericial. En este caso, una empresa privada con una plantilla de peritos especializados ofrece sus servicios, normalmente, en diversos campos complejos.

Funciones claves de un perito en la tramitación de un siniestro

La Ley 20/2015 (14/julio) sobre ordenación y supervisión de las entidades aseguradoras establece que los peritos de seguros:

  • Dictan las causas del siniestro.
  • Realizan la valoración de los daños y otras circunstancias que inciden en el cálculo de la indemnización.
  • Elaboran una propuesta sobre el importe de la indemnización.

De acuerdo a esto, el perito debe realizar las siguientes actividades:

Investigación

El perito lleva a cabo una investigación para conocer cómo sucedió el siniestro y todas las circunstancias que rodearon al mismo. A partir de la información que recabe, este especialista puede:

  • Determinar los hechos ocurridos que puedan situar al siniestro fuera de cobertura de la póliza.
  • Detectar fraude.
  • Recabar información para prevenir siniestros en el futuro.

Tasación

El perito debe evaluar y determinar los costes o las consecuencias económicas que el siniestro ha generado.

Por ejemplo, en caso de un incendio en el hogar, en el procedimiento pericial deben valorarse económicamente todos los daños que el incendio provocó en los bienes. Lo que puede incluir la reparación o reposición completa de los objetos o piezas afectadas.

Comunicación con el asegurado

Es usual que el perito sea el único profesional que tiene contacto directo con la investigación del siniestro. Además, se mantiene en comunicación con el asegurado.

Hay que recordar que la aseguradora desconoce las circunstancias del siniestro. Por lo tanto, la comunicación entre el perito y el asegurado, durante la investigación del siniestro, servirá para recabar la información y ofrecer a la aseguradora una base para decidir sobre la indemnización.

Elaboración de informe

El perito observa y reúne toda la información para transferirla y exponerla mediante un informe o dictamen pericial. De esta forma, tanto la compañía aseguradora como los beneficiarios, abogados, jueces y cualquier otra parte interesada pueden actuar en concordancia con lo indicado por el experto.

Básicamente, este informe pericial reúne las conclusiones que emite el perito o los peritos que hayan analizado las circunstancias en torno al siniestro. También incluye la debida tasación.

Es con base en este informe realizado por el perito que la aseguradora decide pagar o no la prestación al beneficiario del seguro.

Imparcialidad

El perito debe actuar de forma imparcial al evaluar las causas, los hechos y las consecuencias relacionadas con un siniestro, sin condicionar, responsabilizar u ordenar en relación con los hechos.

¿Cuándo actúa un perito en caso de un siniestro?

Después de un siniestro, el asegurado debe facilitar a la aseguradora todos los datos asociados a las circunstancias del suceso, así se comienza con la valoración de los daños. Sin embargo, es necesario llevar a cabo el proceso de peritación.

Al recibir la información, la aseguradora inmediatamente abre un expediente para el caso. Allí incorporará toda la información que aporta el beneficiario y la recabada durante la gestión del trámite.

  • La compañía procede con una comprobación inicial del siniestro para determinar si debe continuar con la tramitación o, por el contrario, el evento no está cubierto por la póliza. La decisión de ejecutar el peritaje o no dependerá de las políticas internas de cada aseguradora. Es muy común que:
    • Si el siniestro es claramente objeto de cobertura, la aseguradora proceda con la indemnización.
    • Si la circunstancia del siniestro es compleja, grave o existen dudas de alguna irregularidad, debe intervenir un perito, para investigar, realizar la tasación y entregar el dictamen respectivo.

¿Qué pasa si el asegurado no está de acuerdo con el informe pericial?

Si las partes (empresa aseguradora y asegurado) no llegan a un acuerdo sobre la indemnización, cada una deberá designar un perito. En caso de que una de estas partes no lleve a cabo la designación correspondiente, se asumirá que acepta la conclusión emitida por el perito de la parte contraria.

  • Si los peritos designados no llegan a un acuerdo, el proceso pasa a instancia judicial. Allí se designa un perito, cuyo dictamen será de carácter vinculante (obligatorio) para las partes.
  • En caso de que alguna parte no esté de acuerdo con el resultado, el informe también podrá ser impugnado judicialmente, dentro de un plazo de 180 días, si se trata del asegurado, y dentro de 30 días si es la aseguradora.

 

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